Grabar Acronis True Image con Rufus
Grabar Acronis True Imagen con Rufus
Guia para hacer con Rufus un pendrive de Acronis True Imagen, y una copia de seguridad de nuestro disco local del sistema, o partici贸n.
Materiales y Archivos Necesarios:
Un Pendrive con capacidad para hacer una copia del disco.
Como yo tengo una copia de unos 15 GB, uso un pendrive de 32 GB, un Kingston USB 3.0.
Acronis True Imagen Boot CD 2018, la imagen ISO.
Rufus, grabador de imagen ISO, la 煤ltima actualizaci贸n.
1潞 Abrimos el Rufus, y configuramos nuestra grabaci贸n:
Seleccionamos el pendrive que vamos a usar en dispositivo.
Seleccionamos crear disco de arranque con la imagen ISO de Acronis.
Las dem谩s opciones se marcan estom谩ticamente.
Finalmente pulsamos bot贸n de Empezar.
Seleccionamos el pendrive que vamos a usar en dispositivo.
Seleccionamos crear disco de arranque con la imagen ISO de Acronis.
Las dem谩s opciones se marcan estom谩ticamente.
Finalmente pulsamos bot贸n de Empezar.
Listo, ya tenemos el dispositivo USB (Pendrive) con Acronis True Imagen.
Luego nos toca redimensionar el pendrive, para poder usar el resto del disco.
Crearemos una partici贸n y la formatearemos en modo NTFS para poder usar archivos de gran tama帽o.
Windows solo reconoce la primera partici贸n, as铆 que no la veremos, pero Acronis True Imagen si la reconoce.
Usaremos AOMEI Partition Assistant Standard para Redimensionar la partici贸n restante.
Lo siguiente es iniciar el Bios del Equipo PC con el dispositivo USB, hacer una copia del disco local de nuestro sistema con Acronis y guardarla en el mismo pendrive, justo en la partici贸n restante que Windows no reconoce, pero Acronis si.
Manual de inspecci贸n ITV v.7.2.0
MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCION DE ESTACIONES ITV VERSI脫N 7.2.0
Ya podemos leer el nuevo Manual de Procedimiento de Inspecci贸n de las Estaciones ITV en su versi贸n 7.2.0. , y en la p谩gina del Ministerio de Econom铆a, industria y competitividad, que entra en vigor el 1 de Agosto del 2017.
Haciendo lectura del mismo, y en su apartado de Control de cambios del documento, vemos que se han introducido bastantes cambios con respecto a la anterior versi贸n 7.1.0.
Cambios relativos a Documentaci贸n, Carrocer铆a y chasis, Elementos exclusivos de M2 y M3, Transporte escolar y de menores,
Dispositivos de retenci贸n de ni帽os, Alumbrado y se帽alizaci贸n, Luces de cruce y carretera, Luz de marcha atr谩s, Luz de placa de matr铆cula trasera, Luces de posicion, Luces antiniebla, Luz de g谩libo, Se帽alzacion luminosa espec铆fica, Luces de circulaci贸n diurna, Veh铆culos con motor de encendido por chispa, Vehiculos con motor de encendido por compresi贸n, freno secundario.
Suspensi贸n, Veh铆culos que utilizan gas como carburante, Tac贸grafo, Reformas no autorizadas, Placas de matr铆cula, Dispositivo de acoplamiento, Puertas y pelda帽os, Retrovisores, Se帽ales en los veh铆culos, Vidrios de seguridad, Asientos, sus anclajes y sillines, Cinturones de seguridad y sus anclajes, Antirrobo, Campo de visi贸n directa, Indicador de velocidad, Tablas de alumbrado y se帽alizaci贸n, Luces de cruce y carretera, Luces de frenado, Ruido, Freno de Servicio, Freno de estacionamiento, Dispositivo antibloqueo, Neum谩ticos, Reformas no autorizadas, Alumbrado, Se帽al de emergencia, Freno de servicio.
Pre谩mbulo
El Reglamento General de Veh铆culos (RGV) aprobado mediante el Real Decreto 2822/98 del 23 de diciembre del citado a帽o, en su art铆culo 10, “Inspecciones T茅cnicas de Veh铆culos” establece que: “Los veh铆culos matriculados o puestos en circulaci贸n deber谩n someterse a inspecci贸n t茅cnica en una de las estaciones ITV al efecto autorizadas por el 贸rgano competente en materia de industria en los casos y con la periodicidad, requisitos y excepciones que se recoge en el anexo I.
La inspecci贸n t茅cnica, una vez comprobada la identificaci贸n del veh铆culo, versar谩 sobre las condiciones del veh铆culo relativas a seguridad vial, protecci贸n del medio ambiente, inscripciones reglamentarias, reformas y, en su caso, vigencia de los certificados para el transporte de mercanc铆as peligrosas y perecederas”.
Por su parte, el art铆culo 12 del Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspecci贸n t茅cnica de veh铆culos, determina que para la inspecci贸n de los veh铆culos se seguir谩n los criterios t茅cnicos de inspecci贸n descritos en el «Manual de procedimiento de inspecci贸n de las estaciones ITV» elaborado por el Ministerio de Industria y Energ铆a, de acuerdo con los 贸rganos competentes de las Comunidades Aut贸nomas.
Por lo tanto, este manual desarrolla los criterios t茅cnicos que deben aplicarse a las inspecciones t茅cnicas de
veh铆culos, previstas en la reglamentaci贸n vigente.
As铆, adem谩s de las inspecciones peri贸dicas exigidas en el art铆culo 5 del Real Decreto 2042/1994,, de 14 de octubre, por el que se regula la inspecci贸n t茅cnica de veh铆culos, este manual contempla otro tipo de inspecciones no peri贸dicas reunidas en, la secci贸n V, y que est谩n destinadas, principalmente a la comprobaci贸n de las caracter铆sticas t茅cnicas de los veh铆culos que son trasladados desde otros pa铆ses para su matriculaci贸n en Espa帽a, poseen alguna peculiaridad en su uso previo, o est谩n incluidos en los supuestos contemplados en el art铆culo 5 del Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologaci贸n de veh铆culos de motor y sus remolques, m谩quinas autopropulsadas o remolcadas, veh铆culos agr铆colas, as铆 como de sistemas, partes y piezas de dichos veh铆culos, como aplicaciones particulares.
Este 煤ltimo caso, engloba a los veh铆culos a los que no es de aplicaci贸n obligatoria la homologaci贸n de tipo CE ni est谩n incluidos en sus anexos o, que por su configuraci贸n, s贸lo pueden recibir una homologaci贸n en virtud de determinadas exenciones.
En estos casos, la autoridad de homologaci贸n puede eximir de algunos actos reglamentarios, como condici贸n previa a su matriculaci贸n o puesta en circulaci贸n. En todos ellos, se establece la obligaci贸n someterlos a una inspecci贸n t茅cnica unitaria previa a la matriculaci贸n en la que se verificar谩 la identidad de los veh铆culos con la documentaci贸n aportada as铆 como su estado en lo que concierne a la seguridad vial y protecci贸n del medio ambiente.
脷nicamente en el caso de que la inspecci贸n resulte favorable, se emite la tarjeta ITV del veh铆culo, por parte de la estaci贸n ITV.
En consecuencia, existen determinados veh铆culos que han sido autorizados, por el 贸rgano competente en materia de homologaci贸n del Ministerio de Industria, Energ铆a y Turismo, a no cumplir, cumplir parcialmente o cumplir de forma distinta determinados requisitos exigibles relativos a la seguridad vial y a la protecci贸n del medio ambiente y cuyos t茅rminos y condicionantes invariablemente deber谩n figurar en el certificado de exenci贸n de homologaci贸n de tipo y/o homologaciones parciales y, en su caso, en la documentaci贸n de homologaci贸n del veh铆culo acogido a dicha exenci贸n.
Dichos t茅rminos y condicionantes podr谩n figurar asimismo en la correspondiente Tarjeta ITV que emita la Estaci贸n ITV previa a la matriculaci贸n, al efecto de que en las sucesivas inspecciones la entidad inspectora tenga conocimiento de las particularidades del veh铆culo.
En la inspecci贸n de veh铆culos para uso exclusivo de pruebas deportivas, en tanto no se incluya un apartado espec铆fico en este Manual, el alcance de la inspecci贸n ser谩 el definido en CR 11.5 del Manual de Reformas.
Por otro lado, las inspecciones tras la ejecuci贸n de reformas en los veh铆culos, reguladas por el Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, se efect煤an seg煤n los criterios definidos en Manual de Reformas por lo que no es objeto de desarrollo en este manual, aunque s铆 que se trata como inspecci贸n espec铆fica a la hora de especificar el procedimiento a seguir, con una remisi贸n a lo establecido en el manual de reformas.
EL MANUAL ITV
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, e independientemente de las exigencias aplicables en cada caso, seg煤n el tipo de inspecci贸n de que se trate, el cumplimiento de las especificaciones recogidas en este Manual, debe ser comprobado en todas aquellas inspecciones en las que se requiera el control alguno de los elementos de seguridad, tanto activa como pasiva del veh铆culo y de protecci贸n del medio ambiente.
Para la redacci贸n de esta nueva versi贸n del Manual se ha aprovechado la experiencia acumulada desde la publicaci贸n de la anterior versi贸n. Asimismo, se ha aplicado lo dispuesto en la Directiva 2009/40/CE, de 6 de mayo, relativa a la inspecci贸n t茅cnica de veh铆culos a motor y sus remolques, cuyo anexo II fue modificado por la Directiva 2010/48/UE, y se ha tenido en cuenta la Recomendaci贸n de la Comisi贸n 2010/378/UE, sobre la evaluaci贸n de los defectos detectados en las inspecciones t茅cnicas efectuadas seg煤n las citadas directivas.
Respecto al primero de los documentos, se ha seguido tanto lo referente a su parte dispositiva, como lo expresado en sus considerandos, en especial su n煤mero (4), en el que textualmente se dice respecto a la inspecci贸n t茅cnica: ”debe ser relativamente simple, r谩pida y barata”.
Por otra parte el actual proceso de acreditaci贸n por parte de ENAC de las empresas que realizan inspecci贸n de veh铆culos, seg煤n lo previsto en el Real Decreto 224/2008, hace que, en la medida que sea posible, se contemplen las recomendaciones de este organismo, as铆 como los de la norma UNE-EN-ISO/IEC 17020:2012.
Dado que se trata de un manual de inspecci贸n, debe tenerse muy en cuenta la definici贸n que la norma citada anteriormente da del t茅rmino inspecci贸n: “examen de un dise帽o de producto, servicio, proceso o instalaci贸n y la determinaci贸n de su conformidad con requisitos espec铆ficos o bien con requisitos generales, en base a un juicio profesional”, y es precisamente la introducci贸n del concepto juicio profesional lo que permite y da validez a la posible dualidad de la calificaci贸n de un defecto, en el caso en el que no exista un criterio objetivo de valoraci贸n (valor num茅rico de una medida u otro par谩metro o aspecto que se pueda objetivar).
De igual forma que en las revisiones anteriores, el objetivo perseguido con esta nueva revisi贸n del “Manual de Procedimiento de Inspecci贸n de las Estaciones ITV" es el establecimiento de unas normas de actuaci贸n durante el proceso de la inspecci贸n, con el fin de unificar al m谩ximo posible los criterios y el procedimiento a seguir en las diferentes estaciones ITV.
PRINCIPIOS DE LA INSPECCI脫N ITV
Adem谩s de las disposiciones reglamentarias y recomendaciones ya citadas, para la revisi贸n del Manual, se ha partido de los siguientes principios generales que deben ser seguidos en las inspecciones:
1. La inspecci贸n t茅cnica de los veh铆culos tiene por objeto comprobar si los mismos cumplen las condiciones t茅cnicas exigidas para su circulaci贸n por las v铆as p煤blicas.
2. Durante la inspecci贸n t茅cnica del veh铆culo se deber谩 proceder a su identificaci贸n, comprobando que su marca, modelo, n煤mero de bastidor y matr铆cula coinciden con los se帽alados en los documentos oficiales, debiendo adem谩s verificarse que la utilizaci贸n del veh铆culo es concordante con su categor铆a, clasificaci贸n y, en su caso, contrase帽a de homologaci贸n, prevaleciendo siempre los criterios deducibles de su categor铆a, que en definitiva son el referente que dio lugar a su homologaci贸n.
3. Las comprobaciones durante el proceso de inspecci贸n deben ser lo m谩s simples, directas y posibles.
4. Durante el proceso de inspecci贸n no se efectuar谩 desmontaje alguno de los elementos y piezas del veh铆culo.
5. Los equipos y herramientas que se utilicen en la inspecci贸n ser谩n los necesarios para la comprobaci贸n del sistema del veh铆culo de que se trate. El reconocimiento de las condiciones t茅cnicas de las instalaciones que constituyen las estaciones de inspecci贸n t茅cnica de veh铆culos, es competencia de la Comunidad Aut贸noma correspondiente, siendo 茅sta, por tanto, la que en cada caso fija los equipos de que debe estar dotada una estaci贸n, mediante los procedimientos previstos en la legislaci贸n vigente.
6. La inspecci贸n t茅cnica del veh铆culo deber谩 poder realizarse en un tiempo limitado.
7. La inspecci贸n de un elemento, 贸rgano o sistema no presupone que tenga que ser realizada por completo o en una sola operaci贸n parcial.
8. En los casos en que sea necesario, la actuaci贸n para la comprobaci贸n de ciertos elementos, 贸rganos o sistemas, ser谩 realizada directamente por personal t茅cnico de la estaci贸n ITV en sustituci贸n del conductor.
9. En el caso de veh铆culos M1, en la inspecci贸n t茅cnica se aceptar谩 cualquier configuraci贸n de asientos incluida en la homologaci贸n del veh铆culo.
10.El veh铆culo no se someter谩 a inspecci贸n cuando se considere que su estado o el de su carga no es el adecuado para ser sometido a la misma de forma correcta, suponga riesgo o molestias importantes para los trabajadores o usuarios de la estaci贸n, o exista peligro de que el proceso de inspecci贸n lo pueda da帽ar.
11.Los m茅todos que se describen y la consecuente interpretaci贸n de los defectos se realizar谩 teniendo en cuenta las prescripciones t茅cnicas y las fechas de entrada en vigor contenidas en la reglamentaci贸n de referencia, de manera que los requisitos de inspecci贸n nunca sean m谩s exigentes que los aplicados en la primera matriculaci贸n del veh铆culo, salvo para aquellos supuestos que est茅n reglamentariamente establecidos.
AUTOR
Este documento ha sido elaborado por el MINETUR en colaboraci贸n con los 贸rganos competentes en materia de inspecci贸n t茅cnica de veh铆culos de las CCAA y AECA-ITV.
Para reportar cualquier error o solicitar aclaraciones sobre su contenido, el MINETUR pone a su disposici贸n el siguiente portal de consultas, en el que se registran y responden todas ellas, de manera sistem谩tica y ordenada:
Tambi茅n puede ponerse en contacto con la Sundireccion General de calidad y seguridad industrial en csegind@mineco.es
Descarga o lee el manual completo en los siguientes enlaces:
Manual de procedimiento de inspecci贸n de estaciones ITV, versi贸n 7.1.0 (aplicable desde el 1 Junio 2016) [PDF][3,67 MB]
Manual de procedimiento de inspecci贸n de estaciones ITV, versi贸n 7.2.0 (aplicable desde el 1 Agosto 2017) [PDF][4 MB]